Para solicitar el ingreso al Doctorado es necesario entregar los siguientes documentos:
Excepcionalmente, el Comité Académico, previa recomendación del subcomité de campo de conocimiento, podrá permitir el ingreso de un aspirante que no tenga el título de licenciatura de filosofía o el grado de maestro en filosofía o que cuente con un promedio inferior a 8.5 en la maestría. Para ingresar al Programa Doctoral es necesario recibir un dictamen de suficiencia académica de parte del Comité Académico del Posgrado en Filosofía. Dicho Comité, al momento de aceptar a un estudiante al Programa de Doctorado, y tomando en cuenta sus preferencias, le asigna un comité tutor y de entre sus miembros a un tutor principal.
Los alumnos cuya lengua materna no sea el español, deben demostrar un conocimiento adecuado del mismo, de acuerdo con los procedimientos establecidos por el Centro de Estudios para Extranjeros de la UNAM. Si el Comité Académico o el Subcomité de Campo de Conocimiento lo juzgan necesario, puede entrevistar al alumno para comprobar su manejo adecuado del castellano.
La acreditación de idiomas se hará por medio de constancias expedidas por los centros de idioma de la UNAM o por instituciones con convenio con la UNAM.
El Comité Académico determina, apoyándose en la opinión del Subcomité de campo de conocimiento correspondiente, si puede admitirse al Doctorado a un alumno que, por tener una licenciatura y/o maestría en otro campo del conocimiento, carece de los estudios antecedentes en filosofía y puede condicionar su ingreso a la aprobación de los prerrequisitos que juzgue convenientes. (Los prerrequisitos son asignaturas de la Licenciatura o Maestría en Filosofía que tienen que cursarse y aprobarse con un cierto promedio. Si al concluir los prerrequisitos el alumno es evaluado favorablemente por el Comité Académico, éste le otorga un dictamen de suficiencia académica autorizando su inscripción.)
Para permanecer en el Programa de Doctorado en Filosofía, el alumno debe:
Asimismo, el Comité Académico puede autorizar, en casos excepcionales y previa recomendación favorable del tutor principal, la permanencia del alumno hasta por dos semestres adicionales dentro del Programa según lo indicado en el artículo 28 del Reglamento General de Estudios de Posgrado.}
El alumno deberá haber cursado y acreditado el 100% de las actividades académicas del plan de trabajo establecido con su tutor o tutores principales, avalado por el comité tutor y haber obtenido la candidatura al grado de Doctor.
Se considera que un alumno es candidato al grado de doctor cuando demuestre que cuenta con una sólida formación académica y capacidad para la investigación. El procedimiento y el plazo para obtener la candidatura son definidos en las normas operativas. Cuando la evaluación para la candidatura al grado resulte negativa, el Comité Académico podrá autorizar una segunda y última evaluación, la que deberá realizarse en un plazo no mayor a un año. En caso de una segunda evaluación negativa, el alumno será dado de baja del plan de estudios.
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